OPINIÓN
Milagro tributario
Por: Aluna Zapata
Acabados 30 minutos de rezos y otros 30 de plegarias, a las iglesias se les concedió un milagro tributario. Con 58 votos a favor y 28 en contra, el proyecto de ley que buscaba que las iglesias tributaran aquellas actividades divergentes a su culto, se desplomó durante la conciliación, mientras, por casualidades de la política, se celebraba una liturgia para encomendar el Congreso a Dios y orar por la salud de sus legisladores.
El tributo a las iglesias es un proyecto altamente necesario, pero paralelamente ignorado, en tanto choca con la fe de un país devotamente cristiano. Actualmente, a pesar de ser Colombia laica y aconfesional, la religión conserva injerencia en asuntos como los planes educativos distritales y los acuerdos de paz nacionales. No obstante, en un país constitucionalmente democrático, no resulta lógico que estas instituciones jueguen a la política sin seguir las reglas de la democracia, como lo es el pago de sus obligaciones tributarias.
Le explico por qué…
En Colombia, todo hogar, empresa y persona natural debe tributar para aportar al mantenimiento de la ciudad. Sin embargo, si en una propiedad el agente establece una de las 2,3 iglesias creadas a diario, queda exenta de pagar impuestos. Dado aquel atractivo mandato, según cifras del Ministerio del Interior, existen más de 8.000 congregaciones religiosas cuyo patrimonio bruto llevaría al Estado a recaudar aproximadamente 1,8 billones de pesos anuales. Lo cual denota una competencia dispar con los demás sectores tributantes en beneficio de la ciudad entera, incluidas las iglesias.
Asimismo, y aunado al privilegio que les permite no pagar impuestos, las instituciones religiosas están exentas de presentar sus estados financieros. Alberto Torres, director del Grupo de Investigación en Economía Tributaria de la Universidad Nacional de Colombia, apunta que muchas instituciones religiosas ocultan gran porcentaje de sus ganancias al no estar obligadas a llevar un registro contable. Esto lleva a que los 1,8 billones estimados pudieran duplicarse o incluso triplicarse. De ahí que, lo central no sea solamente el dinero que pierde el Estado, sino la lupa de autoridad que ha clausurado. Incluso si no tributaran, ¿no deberíamos tener derecho a que se les mire con la misma intensidad con la que se intercepta al microempresario que empuja su emprendimiento local?
En tal camino por la consumación del tributo, empero, congresistas como María Fernanda Cabal argumentan la oposición de tal artículo a la fe y libertad de culto nacional. Frente a ello, Oliver Pardo, director del Observatorio Fiscal de la Universidad Javeriana, señala, en efecto, la dificultad de diferenciar actividades religiosas y comerciales dado que su delimitación puede someterse a interpretaciones ambiguas. Una plausible “zona gris” que, conforme con Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), puede ser dilucidada al identificar actividades ejercidas por las iglesias como cría de ganado, transporte de carga, limpieza de edificios, industrias e incluso actividades jurídicas, no relacionadas en lo absoluto con el ejercicio directo del culto.
No se trata de montar una persecución fiscal hacia su credo ni hacía las funciones sociales que tengan por bien implementar. Se trata de generar una política que establezca igualdad tributaria entre sus actividades comerciales y las que desenvuelven miles de empresas y personas naturales. En los más profundos pasajes del manuscrito sagrado, Mateo 22:15-21 dice: “Dad al César lo que es del César y a Dios lo que es de Dios”.
Es menester que las iglesias cumplan con esta consigna plasmada en sus propios mandatos y le den al Estado la tributación que le corresponde por los servicios brindados, como vías, alcantarillado y otros derechos asociados. En el presente “gobierno del cambio”, religión y política deben darse la mano, no para intercambiar intereses sagrados, sino para esclarecer las cuentas pendientes al Estado, promoviendo un régimen libre de ominosos milagros tributarios.